
Cuatro meses después del fin del periodo transitorio de MiCA, el registro de la CNMV recoge unas 190 entidades autorizadas para ofrecer servicios cripto en España
Desde el 1 de julio de 2026, en España solo pueden prestar servicios con criptoactivos las entidades autorizadas conforme al Reglamento europeo MiCA, ya sea por la CNMV o por otra autoridad europea. Cuatro meses después de esa fecha, el listado oficial de proveedores que publica la CNMV permite medir con precisión quién puede operar legalmente con clientes españoles. La cifra no coincide con la que ha circulado esta semana: no son 16 empresas, sino 16 entidades españolas y más de 170 extranjeras con pasaporte europeo.
La aclaración es pertinente porque el 5 de noviembre se publicó en prensa especializada que solo 16 firmas tienen permiso para operar con criptomonedas en España. Ese número se corresponde con las entidades de nacionalidad española del registro, pero deja fuera a la mayoría de plataformas que los inversores españoles utilizan a diario.
Qué dice el listado de la CNMV
El documento, titulado «Relación de proveedores de servicios de criptoactivos» y cuya versión vigente tiene fecha de 20 de octubre de 2026, distingue dos grandes grupos.
Entidades españolas (16). Seis son entidades de crédito: BBVA, CaixaBank, Cecabank, Kutxabank, Openbank y Renta 4 Banco. Las otras diez son proveedores de servicios de criptoactivos (PSC) españoles: Bitcoinforme (Bit2Me), Basque Pay, Criptan Trade, Crossmint Europe, Due Network, Fintech Payments PSC, Iqana Technologies, Minos Global, Prakma Markets y Prosegur Custodia de Activos Digitales.
La primera entidad española habilitada fue BBVA, con fecha 5 de marzo de 2025. Bit2Me lo está desde el 31 de octubre de 2025. La incorporación más reciente es Prakma Markets, que puede prestar servicios desde el 9 de octubre de 2026.
Entidades extranjeras en régimen de libre prestación (más de 170). Son proveedores autorizados en otro país del Espacio Económico Europeo que han comunicado su intención de operar en España. Francia y Países Bajos son los países de origen más frecuentes, seguidos de Malta y Chipre. Entre ellos figuran nombres conocidos por el inversor minorista: Coinbase Luxembourg, Bitpanda, Bybit EU, OKX Europe, KuCoin EU, Payward Europe Solutions (Kraken), Foris DAX Malta (Crypto.com), Bitstamp Europe, Bitvavo, Gemini, Revolut, eToro, Trade Republic, N26 y Robinhood Europe.
Binance no aparece en el listado. Tampoco hay ninguna entidad de su grupo.
Por qué importa el pasaporte europeo
MiCA funciona con un sistema de autorización única: una entidad autorizada en un Estado miembro puede ofrecer sus servicios en el resto de la Unión tras notificarlo. La propia CNMV lo explica en su web: los proveedores de otros Estados miembros «podrán prestar servicios en España siempre que hayan obtenido la autorización MiCA».
La CNMV añade una advertencia importante: si un proveedor extranjero sigue operando en su país amparado en un periodo transitorio nacional, no puede hacerlo en España salvo que cumpla también los requisitos del periodo transitorio español, que ya ha terminado. En la práctica, después del 1 de julio solo cuenta la autorización MiCA efectiva.
También conviene matizar una idea que se repite: que los saldos estén «totalmente garantizados» por operar con una entidad autorizada. MiCA impone obligaciones de custodia, segregación y supervisión, pero no es un fondo de garantía de depósitos para criptoactivos. La protección consiste en que la entidad está supervisada y sujeta a reglas, no en que se cubra cualquier pérdida.
Qué implica para un inversor español
- Compruebe la entidad jurídica concreta, no la marca. La CNMV recuerda que las protecciones de MiCA solo se aplican a la sociedad autorizada en la UE, no a otras empresas del mismo grupo. Una plataforma puede tener filial autorizada y, a la vez, ofrecer productos desde otra sociedad fuera de la Unión. El nombre que debe figurar en su contrato es el que aparece en el registro (por ejemplo, «Payward Europe Solutions Limited», no «Kraken»).
- Consulte los registros antes de depositar fondos. La CNMV remite a su propio listado de proveedores y al registro de ESMA. El antiguo registro del Banco de España se mantiene solo con fines informativos desde el 30 de diciembre de 2024.
- Revise la lista de advertencias de la CNMV. Muchas estafas de inversión se presentan como «exchanges regulados en Europa». Si la sociedad no aparece en los registros oficiales, no tiene autorización para captar clientes en España. Si ya ha transferido dinero a una plataforma que no figura en ellos, documente todo y valore cómo denunciar una estafa con criptomonedas.
- Revise qué servicios tiene autorizados cada entidad. El listado especifica los servicios concretos (custodia, canje, ejecución de órdenes, transferencia, gestión de carteras, asesoramiento). Una entidad autorizada solo para custodia no lo está, por ejemplo, para asesorar.
- La autorización no cambia la fiscalidad. Operar con un proveedor español o extranjero no altera la tributación de las ganancias en el IRPF, aunque sí influye en las obligaciones informativas que pueden afectarle, como el modelo 721 para saldos custodiados en el extranjero.
Cierre
El registro de la CNMV es hoy la referencia más fiable para saber con quién se puede operar legalmente desde España. Su lectura correcta es menos alarmista de lo que se ha publicado: la oferta autorizada es amplia, pero exige que el inversor identifique la sociedad con la que contrata y compruebe que figura en el registro. Para revisar con detalle su situación concreta (plataformas, custodia y obligaciones informativas), puede recurrir a una consultoría especializada en criptomonedas.
